Ciudad

Se aprobó ley que regula el uso de motos en la Ciudad

Finalmente, la Legislatura porteña aprobó una Ley experimental por 180 días, que comenzará a tener vigencia desde que sea reglamentada por el Ejecutivo porteño, quedando modificado así el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad.

Los viajantes en moto deberá usar chaleco identificatorio y la prohibición de llevar acompañante en el microcentro en horario bancario.

Aunque con una hora y media de retraso, se inició en la Legislatura porteña la sesión especial convocada por el oficialismo para debatir los proyectos vinculados a la regulación de la circulación de motociclistas en la Ciudad con el objeto de evitar actos de inseguridad cometidos por los denominados “motochorros”.

El debate duró mas de  once horas de exposiciones y  acusaciones cruzadas ya que los bloques no lograron un acuerdo y entonces al recinto llegaron varios proyectos para tratar. Uno de mayoría, apoyado por la oposición; uno de minoría, acompañado por los legisladores del PRO; y otro firmado por el legislador Daniel Amoroso.

El mayor conflicto se produjo a la hora de tratar los relacionados con la prohibición de que dos personas circulen en una misma moto; el horario de ésta restricción; y si se debe obligar a los motociclistas a utilizar un chaleco que los identifique o no.

El proyecto que promovió la oposición establecía que las motos no podrán circular con más de una persona en el área delimitada por la avenida Córdoba, Carlos Pellegrini, Rivadavia y L. N. Alem, de lunes a viernes, entre las 10 y las 16. Asimismo, indica que “en el ejido restante de la Ciudad podrá llevar acompañante, siempre que el modelo del vehículo se encuentre homologado para tal fin, es decir, que cuente con doble asiento o asiento adicional, apoyapié y agarradera”.

El dictamen que impulsó el PRO contempló la restricción para una zona más amplia dado que agrega  14 avenidas al  microcentro y también plantea una extensión en el horario que va de 9 a 18 e incluye los sábados.

La votación resultó 48 votos positivos y 4 por la negativa para el  despacho de mayoría. De aquí en más todo aquel que viaje en moto deberá usar chaleco identificatorio y la prohibición de llevar acompañante en el microcentro en horario bancario.

La ley sancionada impide además  a las estaciones de servicio vender combustibles o lubricantes a los conductores cuyos vehículos carezcan de placa oficial de dominio y a aquéllos que no porten los cascos protectores homologados.

Obliga también a esos comercios a colocar en un lugar visible un cartel donde quede clara la prohibición de expendio a los infractores.

Pena con multas de 500 a 2000 pesos y hasta la clausura de las estaciones de servicio que provean de combustible o lubricante a los conductores que no posean el casco y cuyos rodados no posean la matrícula correspondiente.