El Tribunal Oral Federal Nº 1 de Córdoba retomó hoy el juicio oral contra el ex presidente de facto Jorge Rafael Videla y otros 29 acusados por delitos de lesa humanidad, cometidos en esa provincia durante el último gobierno militar.
Durante la jornada continúan los alegatos de las defensas. La primera en hacer su alegato es la abogada defensora Natalia Bazán, que solicitó la absolución de Jorge Rafael Videla, Vicente Meli y Enrique Mones Ruiz, según el Centro de Información Judicial
Según la letrada “La Dra. Argibay ha dicho en el caso Simón esto se puede volver a revisar. Este planteo habilita que la defensa cuestione el principio de la imprescriptibilidad”, y agrega que “la convención de los DDHH no estaba vigente al momento de la comisión de estos hechos.”
“Seguimos mirando para otro lado cuando la misma Constitución dice en su artículo 75 cómo deben incorporarse las convenciones internacionales al derecho penal. Las garantías no quedan abolidas por las incorporaciones de los tratados”, sostiene y añade que «la convención sobre crímenes de guerra y de lesa humanidad, a la que adhiere el gobierno argentino en 2003, choca con el artículo 18, que dice que la ley por la cual se va a juzgar a una persona debe ser una ley anterior a la fecha de comisión del hecho.”
Asimismo asegura: “Vamos a solicitar la inconstitucionalidad la pena de prisión perpetua, ya que implica un encierro perpetuo y no tiene función sociabilizadora. En esta audiencia, por la edad de algunos imputados, se los está condenando hasta que se mueran, aunque la pena de muerte esta abolida en nuestra ley.”
“El plan sistemático (de exterminio) es la condición para que Videla esté sentado aquí. No se le puede aplicar el concurso real al plan sistemático, ‘porque estos no eran hechos independientes’”, consideró sobre el genocida y señaló que «Bartoli fue la víctima número 541 de la causa 13. Videla ya fue absuelto por este crimen.”
Finalmente Bazán sostuvo: “Solicito la absolución de Jorge Rafael Videla por ser cosa Juzgada, imprescriptibilidad y la nulidad de los alegatos de las querellas de María Elba Martinez, Hugo Vaca narvaja y Miguel Ceballos.”
Sobre la defensa de Vicente Meli la letrada indicó que su defendido “no estaba en la cadena de mando. Lo dicen claramente los organigramas y los memorandos.”
“Mi asistido no podía comprender por qué si él firmaba como subrogante el que ahora responde es él y no el verdadero responsable», señaló además de agregar que “Meli no colaboró en la lucha contra la subversión porque había dos estados mayores bien diferenciados .Hasta en la instrucción, la cuarta brigada, que estaba a cargo de Meli, estaba excluida de la lucha antisubversiva.”
“Como prueba de que Meli no participó está el tema de las amenazas previas a Cristian Funes. Meli no estaba, el hecho pasó el 30 de junio y él tenía 15 días por reglamento. La amenaza a Funes está probada y fue hecha antes de que Meli llegara a Córdoba. Los fines espúreos de la muerte de Marta Rossetti también está probada. Me pregunto, si tanto hablan de lo álgido de la época de la segunda fase, ¿Porqué está acá Meli y no está Marini? Marini no está muerto, lo he corroborado”, acusó.
Finalmente solicitó la absolución y que “se le aplique la teoría de la participación secundaria.”
Sobre Enrique Pedro Mones Ruiz manifestó que “fue caracterizado como una de las personas más crueles del penal. La situación del imputado Mones Ruiz es delicada en este proceso. Las semblanzas que se han hecho sobre él no coinciden con las hechas en instrucción.”
“La inmediación en este proceso ha sufrido una contaminación por el conocimiento previo que se ha tenido de los imputados por los medios de comunicación. La balanza se inclinado para el lado favorable a los medios de comunicación y esto ha vulnerado y perjudicado la defensa técnica de Mones Ruiz”, aseguró Bazán.
Como consecuencia solicitó a los jueces “que hagan una valoración de la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica racional, que no valoren los reconocimientos y que se tenga en cuenta que los testigos han sido víctimas.”
“Postulo la absolución del imputado Mones Ruiz porque no estuvo en el momento central en el que se produjo el disparo. Subsidiariamente voy a postular que el hecho no encuadra en un crimen de lesa humanidad”, finalizó.



