Sociedad

Actualizaron el reglamento para el turismo estudiantil

El Ministerio de Turismo de la Nación realizó la actualización el reglamento sobre turismo estudiantil, estableciendo nuevas disposiciones para los coordinadores.

El Reglamento de Turismo Estudiantil, fue actualizado por el Ministerio de Turismo de la Nación. En el primer artículo de la resolución explica: “Serán organizadores los agentes de viajes que celebren contratos de turismo estudiantil por sí y contraten en forma directa las prestaciones integrantes del paquete turístico. Serán comercializadores los agentes de viajes que únicamente celebren contratos de turismo estudiantil por sí y por cuenta y orden del Organizador.” Y resalta: “Se podrá negar el otorgamiento o cancelar la autorización para brindar servicios de turismo estudiantil ya otorgadas a las personas o agencias cuyos integrantes registren antecedentes personales, morales, comerciales, administrativos, bancarios o judiciales desfavorables.”

Una de las cosas que más preocupa a los padres, a la hora del viaje de sus hijos, es quiénes estarán al cuidado. Por este motivo, con respecto a los Coordinadores, en la cuarta parte de la resolución destaca la creación del Registro de Coordinadores de Turismo Estudiantil. Y da las condiciones para poder desempeñarse como tal: Ser mayor de 21 años; tener estudios de nivel medio o secundarios completos; no contar con antecedentes criminales de acuerdo a la presentación anual que deberá realizarse del Certificado de Estadística y Reincidencia Criminal ; declarar bajo juramento la/s empresa/s para las que cumplirá funciones, siendo obligación comunicar cualquier modificación sufrida dentro de los quince  días hábiles de producida; dar cumplimiento y aprobar a los cursos de capacitación que pueda disponer la Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística de la Secretaria de Turismo de la Nación.

Y señala: “Los Coordinadores de Turismo Estudiantil que acrediten haberse desempañado con anterioridad al dictado de la presente quedan reconocidos como tales y podrán seguir actuando en tal carácter, en tanto se inscriban dentro del período y plazo que también se establezca, acreditando los requisitos del presente artículo.” 

En cuanto a los asistentes que acompañan al coordinador, también deberán registrarse acreditando: Ser mayor de 18 años; no contar con antecedentes criminales; dar cumplimiento y aprobar a los cursos de capacitación que pueda disponer la Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística de la Secretaria de Turismo de la Nación; declarar bajo juramento la/s empresa/s para las que cumplirá funciones, siendo obligación comunicar cualquier modificación sufrida dentro de los quince  días hábiles.