El Reglamento de Turismo Estudiantil, fue actualizado por el Ministerio de Turismo de la Nación. En el primer artículo de la resolución explica: “Serán organizadores los agentes de viajes que celebren contratos de turismo estudiantil por sí y contraten en forma directa las prestaciones integrantes del paquete turístico. Serán comercializadores los agentes de viajes que únicamente celebren contratos de turismo estudiantil por sí y por cuenta y orden del Organizador.” Y resalta: “Se podrá negar el otorgamiento o cancelar la autorización para brindar servicios de turismo estudiantil ya otorgadas a las personas o agencias cuyos integrantes registren antecedentes personales, morales, comerciales, administrativos, bancarios o judiciales desfavorables.”
Una de las cosas que más preocupa a los padres, a la hora del viaje de sus hijos, es quiénes estarán al cuidado. Por este motivo, con respecto a los Coordinadores, en la cuarta parte de la resolución destaca la creación del Registro de Coordinadores de Turismo Estudiantil. Y da las condiciones para poder desempeñarse como tal: Ser mayor de 21 años; tener estudios de nivel medio o secundarios completos; no contar con antecedentes criminales de acuerdo a la presentación anual que deberá realizarse del Certificado de Estadística y Reincidencia Criminal ; declarar bajo juramento la/s empresa/s para las que cumplirá funciones, siendo obligación comunicar cualquier modificación sufrida dentro de los quince días hábiles de producida; dar cumplimiento y aprobar a los cursos de capacitación que pueda disponer la Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística de la Secretaria de Turismo de la Nación.
Y señala: “Los Coordinadores de Turismo Estudiantil que acrediten haberse desempañado con anterioridad al dictado de la presente quedan reconocidos como tales y podrán seguir actuando en tal carácter, en tanto se inscriban dentro del período y plazo que también se establezca, acreditando los requisitos del presente artículo.”
En cuanto a los asistentes que acompañan al coordinador, también deberán registrarse acreditando: Ser mayor de 18 años; no contar con antecedentes criminales; dar cumplimiento y aprobar a los cursos de capacitación que pueda disponer la Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística de la Secretaria de Turismo de la Nación; declarar bajo juramento la/s empresa/s para las que cumplirá funciones, siendo obligación comunicar cualquier modificación sufrida dentro de los quince días hábiles.


