Ayer el profesor de la Universidad del CEMA había criticado la postura argentina y dijo que haber aceptado la resolución de los tribunales neoyorquinos no suponía la activación de la Cláusula RUFO porque «acatar una sentencia es mejora no voluntaria».
«La RUFO es lo de menos porque la Argentina tiene un compromiso con los hold in. Los principios de proporcionalidad, interdicción de arbitrariedad, buena fe e igualdad serán celosamente observados por la comunidad jurídica internacional. La cuestión es más compleja. No es votar y luego pagar sin más como proponen los lobbistas de los buitres y sus alcahuetes locales», señaló Fernández.
Agregó que «el principio de legítima confianza es derivación del principio de seguridad jurídica que tutela la expectativa del particular al mantenimiento de un régimen jurídico, cuando esa ilusión fue deliberadamente generada por el Estado». «Es una excepción al principio de derogabilidad de las leyes. Le erraste fiero. Te burlás de los bonistas que aceptaron el canje ante la promesa del Estado argentino», sentenció.


