Sociedad

Caso Cabezas: Prellezo saldrá de la cárcel

En los próximos días el condenado a perpetua por el crimen del fotógrafo gozará del beneficio tras el rechazo del pedido de suspensión del arresto domiciliario.

Prellezo fue condenado a perpetua por el crimen del fotógrafo.

La Cámara de Apelaciones y Garantías de Dolores rechazó el pedido de suspender el arresto domiciliario concedido a Gustavo Prellezo, condenado a prisión perpetua por el crimen del fotógrafo.

Fuentes judiciales informaron a que se denegó la solicitud del fiscal general, Diego Escoda, para que la morigeración de la prisión fuera suspendida hasta que presentara el recurso ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense.

De esta forma, entre el viernes y el lunes, los camaristas Fernando Sotelo y Susana Darling Yaltone firmarán un oficio que será enviado a la unidad 9 de La Plata para que Prellezo sea llevado por personal penitenciario a la casa de su padre, situada en calle 60 y 138 del barrio platense de Los Hornos.

Las fuentes explicaron que ya se realizó un estudio socio ambiental en la casa y que cumple con los requisitos para el arresto domiciliario, entre ellos contar con una línea telefónica que es indispensable para controlar a Prellezo cuando se le coloque una pulsera electrónica de monitoreo.

El pasado 21 de septiembre, la Cámara de Dolores benefició a Prellezo con el arresto domiciliario por cuestiones de salud, ya que padece una hernia de disco que se ve agravada por la humedad de la cárcel y porque no puede cumplir con su tratamiento.

Al día siguiente, el fiscal Escoda apeló la medida y pidió que se suspendiera hasta que presentara el recurso de casación ante la Cámara de Dolores, lo cual ocurrió ayer y fue rechazado.

Según el fiscal  a Prellezo no le corresponde el arresto domiciliario porque éste debe ser concedido únicamente a imputados mayores de 70 años, a quienes padecieren una enfermedad incurable en período terminal o a mujeres embarazadas o con hijos menores de 5 años; también dice que hay peligro de fuga.

Sin embargo, el artículo 163 dice que «la morigeración podrá ser concedida excepcionalmente, previa vista al fiscal», algo similar a lo que señalaba el antiguo Código Procesal Penal bonaerense, por el cual se rigió la causa Cabezas y que en este caso se aplica por ser más beneficioso para el condenad.

El 24 de septiembre de 2009, el Tribunal de Casación bonaerense confirmó la condena a reclusión perpetua impuesta a Prellezo por el delito de «sustracción de persona agravada por la muerte de la víctima, en concurso ideal con homicidio calificado por alevosía».