Política

Debatirán los proyectos de defensa del consumidor

La Cámara alta sesionará este miércoles el paquete de proyectos que abarcan la reforma a la Ley de Abastecimiento, la creación de un Observatorio de Precios y un nuevo fuero en la Justicia nacional.

El Senado debatirá tres importantes proyectos.

Este miércoles el Senado se reunirá desde el mediodía en lo que será una extensa sesión especial, ya que los legisladores tienen previsto también debatir el proyecto de pago de deuda soberano en la misma jornada.

 

No obstante, los tres proyectos de defensa del consumidor serán debatidos de manera conjunta.

 

La nueva Ley de Abastecimiento que de ser aprobada debe pasar por la Cámara de Diputados, propone, según sus fundamentos, un “marco regulatorio para las relaciones de producción, construcción, procesamiento, comercio y consumo sustentado en la constitucionalidad de las acciones de intervención estatal para evitar abusos y la apropiación indebida del excedente de la cadena de valor”.

 

El proyecto también faculta al Poder Ejecutivo a “intervenir en estados previos de la cadena de valor, sin contacto directo con el consumidor, fijando márgenes de utilidad, precios de referencia, así como niveles máximos y mínimos de precios”.

 

Al respecto, el oficialismo modificó la iniciativa que originalmente envió el Poder Ejecutivo para excluir de sus alcances a las pequeñas empresas y a las medianas que no tengan un rol predominante en el mercado.

 

También se cambió el proyecto para dejar aclarado que el allanamiento a una empresa sospechada de infligir la Ley de Abastecimiento se realizará “previo requerimiento del juez”.

 

Los cambios fueron anticipados por el secretario de Justicia de la Nación, Julián Álvarez; acompañado por su par de Comercio, Augusto Costa; durante la jornada final del plenario de comisiones, antes de que la iniciativa fuera dictaminada.

 

Entre las modificaciones anunciadas por Álvarez figura la eliminación de la Secretaría de Comercio como autoridad de aplicación, dejando en el Poder Ejecutivo la potestad de poner en marcha la norma.

 

El proyecto

 

Mantiene la determinación de que la autoridad de aplicación designada por el Ejecutivo pueda “intervenir en estados previos de la cadena de valor, sin contacto directo con el consumidor, fijando márgenes de utilidad, precios de referencia, así como niveles máximos y mínimos de precios”.

 

Sin embargo, se excluye a las micro, pequeñas y medianas empresas del alcance de la Ley “siempre que no detenten una posición dominante en el mercado”.

 

Otro de los cambios fue eliminar como una de las sanciones a quienes violen la ley la “clausura definitiva” de la “unidad económica”. Asimismo, la autoridad de aplicación deberá requerir “previamente autorización judicial” para aplicar sanciones como la “inhabilitación especial” o la “clausura temporal”.

 

El proyecto sigue permitiéndole a la autoridad de aplicación la imposición de una clausura inmediata de hasta tres días, sin embargo, si quisiera extender esa sanción por hasta un mes, también deberá pedir permiso a la autoridad judicial.