El decreto presidencial 2266 de 2015, pone en marcha la Reglamentación de la Ley Nº 26.928, norma que creó el Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas.
«La reglamentación de la ley que establece el sistema de protección integral para personas trasplantadas es un nuevo eslabón en la cadena de derechos sociales que hemos ido construyendo en estos 12 años para asegurar la inclusión», afirmó el viceministro de Salud, Nicolás Kreplak, a través de un comunicado.
La norma establece «una cobertura del 100% de los medicamentos, estudios diagnósticos y demás prácticas médicas, tanto para quienes hayan sido trasplantados como para quienes se encuentran en lista de espera», beneficio que será regulado por la cartera sanitaria.
El decreto firmado por la presidenta Cristina Fernández y el ministro de Salud de la Nación, Daniel Gollan, permitirá a los beneficiarios «acceder a un certificado que extenderá el INCUCAI u organismos provinciales para viajar en transportes terrestres de corta, media y larga distancia, o fluviales, en el trayecto que medie entre el domicilio y cualquier destino al que deban concurrir por razones asistenciales».
Los trasplantados o personas que se hallen en situación de desempleo podrán «percibir una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez que expedirá el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación», señala el decreto.
«Es muy valioso contar con un instrumento legal que garantice el cuidado de los pacientes. Este reconocimiento va en consonancia con los grandes avances que en los últimos años ha realizado nuestro país en materia de donación y trasplante de órganos», dijo Carlos Soratti, titular del INCUCAI, quien destacó el trayecto recorrido hasta la aprobación y reglamentación de esta ley, «única en el mundo en su tipo».
Desde el organismo se informó que «la ley tuvo el impulso del INCUCAI, el apoyo de la Sociedad Argentina de Trasplante y el acompañamiento de diputados y senadores de la Nación».
«Vale destacar especialmente que la Ley fue promovida por el Consejo Asesor de Pacientes del INCUCAI, quienes buscaron una norma que los categorice y reconozca sus necesidades como pacientes, por lo que fueron los propios afectados quienes manifestaron y plasmaron sus reivindicaciones históricas en una propuesta legislativa», señalaron desde el instituto.
La reglamentación de la ley 26.928 del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas, a través del decreto, otorga el beneficio a todos los reciban un trasplante, habiendo estado inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o que se encuentren en lista de espera del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (Sintra).