Ayer y hoyEn el pasado el profesional era el dueño del establecimiento, pero hoy la mayoría de los farmacéuticos y bioquímicos es empleado por lo que los directores técnicos de farmacias, droguerías y laboratorios de análisis clínicos debe estar obligatoriamente en Relación de Dependencia con recibo de sueldo, salvo sean dueños del 100% del local.La razón es que las normas sanitarias del ejercicio de la farmacia (farmacia oficinal, droguería, hospital, industria, etc.) obligan a “la atención personal y efectiva del establecimiento por parte del profesional y a la firma diaria de los registros respectivos” (Art. 25 ley 17565 y ley 10606). Igual ocurre con el Director Técnico bioquímico, que debe estar obligatoriamente en Relación de Dependencia con recibo de sueldo, por el carácter de exclusividad con el establecimiento y la necesidad de asistir diariamente para cumplir su función: “Los directores técnicos de laboratorio de análisis clínicos están obligados a la atención personal y efectiva del mismo, debiendo vigilar las distintas fases de los análisis efectuados y firmar los informes y/o protocolos de los análisis que se entregan a los examinados… En ningún caso los profesionales podrán ser directores titulares de más de dos laboratorios de análisis clínicos sean oficiales y/o privados…” (Ley 17132, art. 32°).
Incumplimiento de la leyDe acuerdo a relevamientos del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB), entidad que nuclea a los profesionales no propietarios, más de la mitad de las 4500 Farmacias, las 100 droguerías y los 2500 laboratorios de análisis incumplen los requisitos laborales vigentes.Según Luis María Campos, Presidente de SAFYB en la Provincia de Buenos Aires, muchos empleadores abonan el sueldo del profesional obligándoles a inscribirse como Monotributistas en lugar de hacerlo con recibo de sueldo como corresponde. “Esto es trabajo en negro o no registrado y el profesional pierde beneficios como antigüedad, aguinaldo y vacaciones” afirma el dirigente gremial.La Cartera de Trabajo Provincial ha solicitado la colaboración del gremio para comenzar la regularización.
Los mínimos vigentesLas escalas salariales del gremio, surgidas de la paritaria 2011 están publicadas en la web www.farmaceuticosybioquimicos.org establecen un piso de $7500 para el profesional, más adicionales que lo acercan a los $10000 mensuales. Aunque pocos pagan estos montos, informaron desde el novel gremio que ya tiene personería gremial en todo el país.En la actualidad hay unos 400 afiliados en la provincia, número relevante considerando que la adhesión es voluntaria. “Hoy los profesionales se sienten más protegidos en su aspecto laboral ya que SAFYB pone la cara por ellos” afirma Campos. “Un profesional aislado pide, en cambio uno afiliado exige” sentencia.
El problema de las Sociedades en ComanditaLa ley 10606 establece que la propiedad de la farmacia podrá ser “De Sociedades en Comandita Simple formadas por farmacéuticos y terceros no farmacéuticos…”. Este tipo societario encubre serios problemas ya que el profesional se ve obligado a asumir las responsabilidades de dueño cuando en realidad no lo es. Cientos de farmacéuticos han sido multados o hasta perdieron su matrícula por irregularidades cometidas por el dueño. El profesional recibe una mínima cantidad de acciones de la sociedad (entre 0,5 y 3%) con lo cual no tiene ningún poder de decisión y debe considerárselo un trabajador en relación de dependencia; sin embargo, con la escusa de la sociedad, el empleador paga al director técnico contra la presentación de una factura.
Quien es quienHay que aclarar que el Sindicato cumple una función diferente al Colegio. Los Colegios son entidades deontológicas a cargo del desarrollo de la profesión en cambio a los sindicatos les compete lo laboral y salarial. Además los colegios representan a la patronal. Los honorarios establecidos por los colegios son aranceles orientativos, por ejemplo: el valor de la receta magistral, el control de la presión o la aplicación de una inyección que se realiza en la farmacia; o el precio del control del colesterol o la orina realizado en un laboratorio de análisis. En cambio el sueldo a percibir por el profesional en relación de dependencia es fijado por el sindicato.
Un Decreto ilegítimoExiste un decreto provincial bajo el número 243/11 que carece de legitimidad porque no surgió de una paritaria y porque estimula el ausentismo del profesional en la farmacia por eso fue impugnado en la justicia. “Probablemente le hicieron meter la pata al Gobernador Scioli” afirman en SAFYB. Este decreto era justificable cuando los profesionales no participaban de negociaciones salariales, hoy existe un gremio con personería y un Convenio Colectivo para farmacéuticos y bioquímicos que lleva el número 622/11.



