Sociedad

Revés judicial para Blaquier en la causa por secuestro de un empleado

Carlos Pedro Blaquier está procesado por ser partícipe necesario en el secuestro de un empleado de Ledesma, empresa de la que fuera su presidente, en la denominada “Noche del apagón”, ocurrida en Jujuy, en julio de 1976.

La Cámara Federal de Casación Penal dejó sin efecto una resolución de la Cámara de Salta que había dispuesto la «falta de mérito» de Carlos Pedro Blaquier en una causa por la cual se investiga su participación en el secuestro de un empleado de Ledesma durante la última dictadura militar, empresa de la que fuera su presidente.

Se trata un gran revés judicial para el ex dueño de la empresa azucarera y papelera jujeña que revela los vínculos de los sectores empresarios con los delitos de lesa humanidad del gobierno de facto.

Específicamente, la Cámara Federal de Casación Penal declaró «mal denegado» el recurso presentado por la defensa del procesado Carlos Blaquier, ex titular del grupo Ledesma, contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta.

Los camaristas Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky resolvieron «conceder el recurso de casación», momentáneamente, a Blaquier y al ex administrador de la empresa, Alberto Lemos, por el secuestro de Ernesto Reynaldo Samán.

Vale recordar que Blaquier y Lemos ya se encuentran procesados en un fallo confirmado por la Cámara (como «partícipe necesario» el primero y «partícipe secundario» el segundo), por haber proporcionado camionetas de la empresa para el traslado de secuestrados durante la denominada «Noche del apagón» del 20 al 21 de julio de 1976.

Durante la «Noche del apagón», unas cuatrocientas personas fueron secuestradas entre las últimas horas del 20 y la madrugada del día siguiente de sus domicilios particulares en Calilegua y en Villa General San Martín, Jujuy, dónde se encuentra el ingenio Ledesma, y la presunta complicidad de la empresa con el procedimiento fue denunciada en el informe de la Conadep y por numerosos organismos de Derechos Humanos.

 

Tras varias instancias, a la Cámara Federal de Salta ahora consideró que está suficientemente documentado que los secuestros se hicieron con camionetas y vehículos de su propiedad. «La labor de detención planificada y simultánea en aquella noche y madrugada de julio de 1976 por parte de las fuerzas que la encabezaron y desarrollaron, no pudo coordinarse sino con antelación. Es decir, el uso de las camionetas y trailers de la empresa no pudo ser sorpresivamente requerido y decidido el mismo 20 de julio y con el absoluto desconocimiento de los responsables o administrador de la empresa», sostuvieron los camaristas en su resolución.