El Ministerio de Seguridad dispuso la creación de las Mesas Barriales y Mesas Zonales de Participación Comunitaria en Seguridad, cuyo ámbito de actuación se corresponderá, respectivamente, con los barrios y las jurisdicciones de comisarías de la Policía Federal en la Ciudad de Buenos Aires.
Por Resolución 296/2011 publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma de la ministra de Seguridad, Nilda Garré, precisa que las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad estarán integradas por aquellas organizaciones o entidades comunitarias no gubernamentales, interesadas en la seguridad pública, que actúen en dicho ámbito territorial.
Deberán haber participado de la capacitación inicial del área de Participación Comunitaria dependiente de la Secretaría de Políticas de Prevención y Relaciones con la Comunidad del Ministerio de Seguridad.
Dicha secretaría, a través del área de Participación Comunitaria, habilitará un Registro para las Organizaciones y Entidades cCmunitarias no Gubernamentales interesadas en participar.
Las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad tendrán como funciones en su ámbito territorial:
a) Efectuar diagnósticos participativos que permitan confeccionar mapas de prevención comunitaria de la violencia y el delito.b) Participar en el diseño de los planes locales de seguridad.c) Impulsar acciones de prevención de la violencia y de integración comunitaria en articulación con el estado.d) Co-gestionar con organismos del estado el mejoramiento del espacio urbano barrial.e) Solicitar informes del funcionamiento de las comisarías a sus titulares.f) Diseñar y ejecutar estrategias de comunicación para informar a los vecinos sobre el funcionamiento de la mesa, las acciones realizadas y todo otro tema que redunde en beneficio de la seguridad pública e integración del barrio.g) Invitar a autoridades, funcionarios públicos o efectores locales de las distintas agencias estatales con actuación en su ámbito territorial, para tratar cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública del ámbito vecinal.
Cada Mesa Barrial de Participación Comunitaria en Seguridad establecerá su organización, sus normas de funcionamiento y dictará su propio reglamento, en el marco del modelo que se adjunta como Anexo I en el Boletín Oficial.
Las Mesas Zonales de Participación Comunitaria en Seguridad estarán integradas por los órganos de Coordinación de las Mesas Barriales de una misma jurisdicción de comisaría. Se constituirá una Mesa Zonal por jurisdicción policial.
Las Mesas Zonales tendrán como funciones:a) Articular el accionar de las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad de su jurisdicción.b) Promover el trabajo en red de las diferentes organizaciones que integran las Mesas Barriales de Participación Comunitaria en Seguridad de su jurisdicción.c) Favorecer el mutuo conocimiento de las diferentes realidades barriales, fomentando procesos de integración.d) Invitar a autoridades, funcionarios públicos o efectores locales de las distintas agencias estatales con actuación en su ámbito territorial, como así también organizaciones no gubernamentales de carácter sectorial o cuyo ámbito de actuación se extienda a toda a la jurisdicción, para tratar cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública de la jurisdicción.e) Evaluar el funcionamiento y las actividades del servicio de policía local.Cada Mesa Zonal establecerá su organización, sus normas de funcionamiento y dictará su propio reglamento, en el marco del modelo que se adjunta como Anexo II.
En los casos en que, por las características de la jurisdicción policial (extensión, homogeneidad, condiciones socioculturales), no fuera necesaria la conformación de Mesas Barriales, se constituirá directamente la Mesa Zonal de Participación Comunitaria en Seguridad con las mismas atribuciones y funciones de las Mesas Barriales y la estipulada en el inciso e) del artículo 7º de la presente.



