Igual decisión se adopta para los beneficiarios del sector pasivo dependiente del Instituto de Seguridad Social para quienes la Provincia transferirá mañana (viernes) los fondos para que el lunes 13 de enero pueda ser percibido por los beneficiarios.
También esta medida alcanza a los alumnos de la UNLPam que participen del programa de capacitación en el marco de la Ley Nº 2497 y Decretos 1303/09 y Nº 1498/09; a los médicos residentes (art. 59, Ley Nº 1279) y a los agentes contratados por el artículo 6to de la Ley 1279.
Del mismo modo se ha previsto otorgar una Asignación Especial «Suplemento Diciembre» a los beneficiarios de las pensiones graciables previstas en las Leyes Nº 786, Nº 787, Nº 830, Nº 1658, Nº 1877, Nº 1932, Nº2123, Nº 2226 Y Nº2343.
A través del mismo Decreto se transfiere Municipalidades y Comisiones de Fomento los importes máximos detallados en los anexos, con el fin específico de solventar el financiamiento de los beneficios acordados.
Este beneficio no alcanza a los funcionarios provinciales electos por sufragio popular: Gobernador, Vicegobernador y Diputados. Así tampoco a los Ministros integrantes del Superior Tribunal de Justicia.