Dos hombres fueron condenados a cuatro años de prisión por manejar un prostíbulo. Se trata de Roberto Beni, quien era el dueño del local, y Hernán “El rubio” Castillo Chocala, quien obligaba a las mujeres a ejercer la prostitución, según se denunció en el marco del juicio.
En la audiencia, declararon tres de las cinco mujeres rescatadas en el “El Galpón”, que bajo la fachada de un pool funcionaba como un prostíbulo hasta el 28 de febrero de 2013, cuando fue allanado por disposición del fiscal Fernando Cartasegna.
En ese marco, la defensa de Beni y Castillo Chocala pidió que se los juzgara por la ley de profilaxis que desde 1937 prevé penas de multa para quienes “sostengan, administren o regenteen, ostensibles o encubiertamente” prostíbulos en todo el territorio nacional.
Sin embargo, el juez rechazó esta posibilidad, y se ató a la calificación solicitada por el fiscal, al considerar que la evidencia no deja lugar a dudas de que “en el comercio allanado se ejercía la prostitución”.
Los imputados “facilitaban, colaboraban y obtenían parte del lucro generado”, tal como está tipificado en la ley 26.842, que reglamenta la prevención y sanción de la trata de personas y la asistencia a sus víctimas.
Tatarsky afirmó que supeditar la condena al testimonio de las víctimas, la más de las veces “desprotegidas y necesitadas”, es observar el juicio “de espaldas”.
Al respecto, Cartasegna resaltó que “esto es importante, porque las penas son de prisión efectiva, y no sólo multan a los responsables que las más de las veces terminan reabriendo los prostíbulos”.


