Política

Capitanich defendió el impuesto a compras online al exterior

El Jefe de Gabinete respaldó la iniciativa anunciada ayer desde la AFIP y complementada hoy. La misma estipula el pago del arancel único del 50 por ciento sobre el valor de compra, y que para acceder a esto hay que llenar una declaración jurada. "Hay que ser capaces de defender lo nuestro", argumentó el funcionario.

Capitanich defiende las compras nacional.

El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, defendió hoy a las nuevas condiciones para compras de productos en el exterior a través de Internet, al señalar que la intención del Gobierno es «defender el interés» y la industria nacional. 

 

«Hay que ser capaces de defender lo nuestro», sostuvo el jefe de Gabinete durante su habitual conferencia de prensa matutina en Casa de Gobierno.

 

Además indicó que «el 65 por ciento (de los productos que se compran en páginas extranjeras) vienen de Hong Kong y China».

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció una nueva normativa para las compras minoristas de productos en el exterior a través de Internet, complementaria al régimen de declaraciones juradas dispuesto ayer, y acotó a dos veces por año el uso de ese procedimiento cuando las mercancías ingresen al país por el correo oficial y no superen los 25 dólares de franquicia anual. 

 

La medida fue dispuesta a través de la resolución general 3582 del organismo tributario, publicada hoy en el Boletín Oficial, e indica además que habrá productos que quedarán exentos de la misma y que serán establecidos por la Dirección General de Aduanas. 

 

La nueva resolución de la AFIP no limita la cantidad de compras a través de prestadores de servicios postales/courier, para las cuales tampoco establece ningún tipo de franquicia. 

 

Otra novedad de la nueva resolución, complementaria a la publicada ayer, es que «la Dirección General de Aduanas elaborará a su consideración un listado de mercaderías que quedarán exceptuadas de la presente norma, el cual será publicado en el sitio `web´ de esta Administración Federal (www.afip.gob.ar)». 

 

El martes se había anunciado que para compras online al exterior debía llenarse una declaración jurada, que se tendrá que realizar con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería. 

 

De acuerdo a la normativa, quienes realicen compras minoristas on line en el exterior y reciban los productos mediante el correo oficial -incluido el servicio puerta a puerta- o a través de prestadores de servicios postales/courier, deberán acceder al sitio web de la AFIP (Mis Aplicaciones Web), seleccionar el Formulario Nº 4550 (Compras a proveedores del exterior) y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada. 

 

Para confeccionar la declaración jurada, se deberá poseer CUIT, CUIL o CDI y Clave Fiscal con nivel de seguridad 2, como mínimo. 

 

En otro punto, la resolución establece que cuando corresponda el pago del arancel único del 50% sobre el valor de compra, conforme el régimen vigente, el adquirente deberá presentarse en el correo oficial o, en su caso, en la Aduana correspondiente, con la declaración jurada presentada y la constancia del pago efectuado.