Economía

No cobrarán el 35% de Ganancias en viajes a Malvinas

Como forman parte del territorio argentino, la AFIP aclaró que las Islas Malvinas no se encuentran alcanzadas por la percepción del 35 por ciento que el organismo cobra a cuenta del impuesto a las Ganancias o Bienes Personales para los viajes y compras en el exterior.

Malvinas: no tributan el 35% de adelanto a Ganancias.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró hoy que las Islas Malvinas no se encuentran alcanzadas por la percepción del 35 por ciento que el organismo cobra a cuenta del impuesto a las Ganancias o Bienes Personales para los viajes y compras en el exterior, ya que «integran el territorio nacional de la República Argentina».

La dependencia a cargo de  Ricardo Echegaray publicó hoy en el Boletí­n Oficial una norma aclaratoria de la Resolución Nº 3.450 y su modificatoria, debido a que, indicó, «algunos operadores turísticos, compañí­as de transporte de pasajeros y administradoras de tarjetas de crédito, débito y/o compra, han efectuado interpretaciones ajenas al sentido de la citada norma».

En los considerandos, recordó que en esa medida «se estableció un régimen de adelanto de impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales respecto de ciertas operaciones en y con el exterior, extendiéndose luego la utilización de dicha herramienta fiscal a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes».

En ese marco, la AFIP indicó que «las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur integran el territorio nacional de la República Argentina, y por ende el régimen de adelanto de impuesto, creado por la resolución general aludida, no es de aplicación a la compra de pasajes o servicios turí­sticos que las tengan como destino ni a las operaciones que allí­ se efectúen».

«Asimismo, debe aclararse que las compras de moneda a utilizarse en el territorio de Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur no se encuentran comprendidas entre las operaciones alcanzadas por la Resolución General 3.450 y su modificatoria», añadió el organismo tributario en la argumentación.

Sobre esta cuestión, en el artículo 2 de la  resolución 3.609 publicada hoy se explicó que «la solicitud de validación fiscal de los fondos para la adquisición de moneda extranjera -billetes o cheques de viajero- para gastos de turismo y viajes» al archipiélago «se efectúa seleccionando en el campo `paí­s de destino referente` del programa `Consulta de Operaciones Cambiarias` establecido mediante el Anexo VI de la Resolución General Nº 3.421, la opción `Argentina – Islas Malvinas`».