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Córdoba

Se registran 10 denuncias por mes por la falta de cobertura en tratamientos de fertilización

Así lo receptó una delegación provincial de la Superintendencia de Salud de la Nación. Las parejas cordobesas denuncian a obras sociales por la negativa de cobertura de tratamientos y de medicación autorizada. El organismo intervino ante los diversos casos para que las prepagas tomen “una postura conciliatoria y proactiva”.

Pese a que la cobertura a tratamientos de fertilización asistida y otra serie de prestaciones relacionadas se incorporó por ley nacional al Plan Médico Obligatorio, algunas obras sociales y prepagas se siguen resistiendo a otorgar este derecho.

En el caso de la provincia de Córdoba, donde la delegación de la Superintendencia de Salud de la Nación recepta unas 10 denuncias mensuales por incumplimiento de la norma.

En diálogo con LM, el matutino de esa capital provincial, el delegado provincial de la Superintendencia de Salud, Luis Cáceres, informó que los motivos son “la negativa de cobertura de tratamientos al 100 % como prevé la ley, medicación autorizada al 40% y no al 100% como estipula la norma, y consultas por cobertura de ovodonación, banco de gametos, cantidad de tratamientos con cobertura anual, entre otras”.

La llegada del organismo nacional a tierras cordobesas busca evitar que -ante los obstáculos que imponen las obras sociales- los pacientes deban recurrir a costosos procesos judiciales para acceder al derecho. Al contrario, desde la entidad buscan que ante la negativa de alguna cobertura, los ciudadanos recurran a la superintendencia.

“Los reclamos que surjan de las faltas de prestación en las que incurran los agentes del sistema, están sujetas al procedimiento de tratamiento de reclamos por falta de cobertura prestacional que incluye el encuadramiento médico y normativo de la prestación negada, la intimación a su cumplimiento y eventualmente la posterior formación de expediente mediante instrumento legal de la Superintendencia”, señaló Cáceres.

El delegado destacó que tras la intervención del organismo las obras sociales y prepagas “ han tomado una postura conciliatoria y proactiva para resolver las coberturas en materia de fertilización”.

Cáceres recalcó que “no se considera como situación de preexistencia la condición de infertilidad o la imposibilidad de concebir un embarazo, para todo procedimiento de fertilización se deberá firmar consentimiento informado previo”. 

“La ley establece que todo argentino o habitante con residencia definitiva puede acceder a la cobertura del tratamiento, siendo cada individuo por separado sujeto de derecho de las prestaciones establecidas por la ley, ya que la ley no limita de ninguna forma el estado civil o condición sexual”, añadió.