Sociedad

Mar del Plata

Trata: Revocan falta de mérito de dos acusadas

En la causa, una de las víctimas había denunciado que fue trasladada desde República Dominicana al país engañada y que luego fue obligada a trabajar en “casas de tolerancia” en Mar del Plata.

La Cámara Federal de General Roca hizo lugar a un recurso de apelación presentado en el Ministerio Público Fiscal, y revocó la falta de mérito de dos acusadas en el marco de una investigación por trata de personas.

Las acusadas fueron señaladas por facilitar el traslado desde la República Dominicana hacia la Argentina de mujeres provenientes de aquel país, para luego desarrollar actividades en casas de tolerancia en dos locales en la ciudad de Mar del Plata.

Según la resolución, una de las víctimas había declarado que fue inducida por una de las acusadas, también dominicana, a viajar a Argentina “en busca de un destino mejor”, pues trabajaría en un restaurant ubicado en Mar del Plata, de propiedad de una hija de otra imputada, y con los ingresos obtenidos “podría contribuir a las necesidades de su familia, especialmente de los cuatro hijos que tiene y que continuaban residiendo en República Dominicana”.

Frente a esto la camarista Carlos Müller, expresó en su voto que la víctima no sólo declaró en sede judicial, sino también ante las autoridades de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas del delito de Trata, a quienes reiteró que había recibido un ofrecimiento de parte de una de las imputadas para trabajar en Argentina y que por ello sería retribuida con una remuneración muy superior a la que percibía en su país, motivo por el decidió acompañarla ya que así “mejoraría su suerte”, según informó el Centro de Información Judicial.

“En consecuencia no me parece que cuanto expuso… pueda ser calificado de ambiguo y menos que de ese relato no se infiera el real propósito de la última, que sin duda fue el de incorporarla al ejercicio de la prostitución, pues no bien arribó a nuestro país la llevó a dos lugares en los que se desarrollaba esa actividad”, indicó.

En este sentido agregó: “De otra manera tampoco se explicaría la intervención que también tuvo en el hecho que se investiga la coimputada Carmen Concepción Colas, quien les recomendó, tanto a su consorte de causa como a la víctima, no viajar directamente al Aeropuerto Internacional de Ezeiza, desde la República Domicana, por la posibilidad de ser deportadas por las autoridades de la Dirección Nacional de Migraciones que allí controlan a las personas que entran a Argentina, sino hacerlo por Perú, para pasar luego a Bolivia y recién ingresar después a nuestro país por las provincias del norte”.

Finalmente la camarista concluyó que “si a lo anteriormente expuesto se añade que también los dichos de la víctima, en cuanto a los centros de esparcimiento a los que luego concurrió, estando ya en nuestro país, también se encuentran sobradamente corroborados por las diligencias practicadas por las autoridades de la prevención, no parece posible sostener que los mismos resulten insuficientes como elemento de cargo y no permitan avanzar en el trámite del proceso de la manera que pretende la recurrente”.