La Legislatura porteña aprobó una ley por la cual los espectáculos públicos de más de dos mil personas en la ciudad de Buenos Aires deberán disponer de espacios temporarios para el estacionamiento de bicicletas. Al respecto en los fundamentos de su proyecto, se señala que: «En los últimos años tanto el Poder Ejecutivo como esta Legislatura han procurado impulsar el uso de la bicicleta como medio de transporte alternativo en el ámbito de esta Ciudad».
«La ciudad de Buenos Aires es sede de numerosos eventos masivos de distinta índole, ya sean culturales, deportivos, musicales, entre otros. Estos eventos suelen atraer grandes cantidades de público, con las consiguientes dificultades de tránsito en la zona en la que se realizan. Es por este motivo que resulta necesario promover alternativas que contemplen este medio de transporte emergente en nuestra Ciudad, de modo de contribuir a un acceso y egreso ágil y rápido que beneficie tanto a los asistentes como a los vecinos que habitan en las zonas aledañas a los espectáculos masivos, al mismo tiempo que reduzca la carga del transporte automotor sobre calles y avenidas. Asimismo, se deben promover alternativas que tiendan a reducir la demanda de lugares de estacionamiento para automotores, de modo de reducir los incentivos a los abusos».
De acuerdo a lo que dispone la ley sancionada, los organizadores de los espectáculos deberán delimitar y señalizar correctamente el espacio ocupado por los estacionamientos temporarios para bicicletas; proveer personal responsable por la vigilancia, seguridad y el control del ingreso y egreso de las bicicletas mediante talones de control; prever suficientes espacios de estacionamiento, de modo de satisfacer una cantidad razonable respecto de los asistentes al espectáculo; un espacio para cada bicicleta; mantener habilitados los estacionamientos temporarios al menos tres horas antes del inicio del espectáculo y tres horas después de la finalización del mismo. Asimismo, no están autorizados a cobrar sumas adicionales por la provisión del servicio.
Estos espacios no podrán ubicarse sobre superficies parquizadas y deberán ser restituidos en perfecto estado de limpieza y conservación y con todo el equipamiento desmantelado y retirado y deberán estar ubicados de forma proporcional entre los accesos al predio donde se desarrollen los espectáculos y localizarse a no más de doscientos metros de los mismos.
En la difusión de los espectáculos debe informarse la disponibilidad de estacionamientos temporarios para bicicletas en el mismo formato que todos los otros medios de transporte, la localización de los mismos y la obligatoriedad por parte de los usuarios de llevar su propio candado.
La iniciativa pretende promover la asistencia a espectáculos masivos en bicicleta, facilitando la provisión de estacionamiento gratuito para bicicletas, con espacios suficientes que cuenten con las medidas de seguridad suficientes para evitar robos y daños a los rodados.


