Sociedad

Unos 80 niños en situación de explotación laboral fueron rescatados desde 2012

La mayoría de los niños fueron encontrados trabajando "en el ámbito rural, ya que son muy buscados por algunos empleadores" para el "tratamiento de ciertos productos como frutas o verduras", que no es igual que la de un adulto". En 2012 se sancionó la ley que establece penas de 1 a 5 años de prisión para quien se aprovecha económicamente de menores.

Hay 60 denuncias por trabajo infantil.

Un total de 80 chicos menores de 16 años contratados para trabajar en zonas rurales fueron detectados en distintos operativos del Ministerio de Trabajo en los últimos dos años, cuando se sancionó la ley que establece penas de 1 a 5 años de prisión para quien se aprovecha económicamente de niños y niñas.

 

«Hasta 2012 hacer trabajar a un menor estaba prohibido pero a partir de la sanción de la ley, en ese año, es un delito penal partiendo de la base de que el niño debe educarse, jugar y estar con los padres», indicó Guillermo Alonso Navone, subsecretario de fiscalización del Ministerio de Trabajo de la Nación.

 

La cartera laboral tramitó unas 64 denuncias penales ante la Justicia desde el 2012 «aunque para muchos jueces esta figura delictiva es nueva y tardan en aplicarla al no poder encuadrar a quien emplea a un niño para aprovecharse económicamente de sus servicios», marcó Navone.

 

El funcionario relató que la mayoría de los niños fueron encontrados trabajando «en el ámbito rural, ya que son muy buscados por algunos empleadores» para el «tratamiento de ciertos productos como frutas o verduras», que no es igual que la de un adulto».

 

«Por eso en los campos es valorado el trabajo de un niño, pero lo que tiene que quedar bien en claro es que quien emplea a un menor está cometiendo un delito penal, no así el padre que lleva a su hijo a trabajar al campo junto con él», dijo el funcionario.

 

Las tareas que desarrollan los niños en los campos «muchas veces son por cuestiones culturales, que hay que desterrar, ya que es del siglo pasado pensar que un chico trabaja para que le den casa o comida o ayude a los padres en la crianza. El que emplea a un niño en la actualidad es un aprovechador», indicó el funcionario.

 

«También hay chicos que trabajan en los hornos de ladrillos y descubrimos a algunas niñas trabajando como cajeras en comercios o supermercados», denunció Navone.

 

Navone explicó que «si un empleador contrata a un padre para que trabaje con su hijo menor de 16 años también es un delito y será castigado con la figura penal que prevé la ley» aunque aclaró que el padre no recibe ninguna pena.

 

En este contexto, el Ministerio de Trabajo de la Nación realizó hoy una nueva denuncia por el delito de aprovechamiento económico del trabajo de niños y niñas, con lo que ya suman 64 las acciones judiciales que se encaran en el marco de la ley 26.847.

 

La denuncia penal de hoy fue realizada a partir de un operativo de fiscalización en quintas de cultivo de tomate y zapallito de la localidad de Arana, partido de La Plata, donde además el 90 por ciento de los trabajadores relevados no estaba registrado.

 

De los 37 trabajadores que trabajaban en la cosecha, 32 no estaban debidamente registrados, 3 eran adolescentes y dos eran menores de edad (10 y 15 años), por lo que se radicó la denuncia correspondiente ante la Fiscalía de Cámaras, Departamento Judicial La Plata.

 

«La erradicación del trabajo infantil no es sólo un objetivo de gobierno, es una cuestión de Estado”, dijo el ministro Carlos Tomada, quien sostuvo: «No tiene que haber ni un solo niño que trabaje en la Argentina”.

 

Estos dos nuevos casos se suman al encontrado la semana pasada en una plantación de papa ubicada en la localidad de Los Cerillos, provincia de Córdoba, donde se detectó un menor de 15 años realizando tareas como cortador por lo que se realizó la denuncia en la Unidad Judicial Villa Dolores.

 

Según la normativa vigente, un adolescente puede trabajar desde los 16 años con autorización de sus padres pero con ciertas restricciones: la jornada no podrá ser nocturna (entendiéndose por tal el intervalo comprendido entre las 20 y las 6 de la mañana)), no deberá ser superior a 6 horas diarias y 36 horas semanales en zonas urbanas, y en el caso de trabajar en zonas rurales, la jornada no puede ser mayor a las 32 horas semanales.

Fuente: Télam