Política

Buscan asegurar la gratuidad de la educación superior

Se trata de un proyecto de ley elaborado por Adriana Puiggrós con el fin de que Estado nacional sea el responsable de la “supervisión y fiscalización de los organismos e instituciones educativas de gestión estatal y privada”.

La titular de la comisión de Educación de Diputados, Adriana Puiggrós, presentó un proyecto que apunta a modificar la ley de Educación Superior para hacerla más “inclusiva”.

La diputada oficialista presentó su “Ley de implementación efectiva de la responsabilidad del Estado en el nivel de educación superior”, que pretende cambiar algunos artículos de la actual ley de Educación Superior (LES) 24.521.

La intención es avanzar en algunas modificaciones a la actual LES -que data de 1995 y tiene un fuerte corte neoliberal- mientras se construyen los consensos para elaborar una nueva ley integral.

Dado que la discusión de la LES no figura en la agenda parlamentaria inmediata, la intención de Puiggrós es avanzar en algunas modificaciones que puedan concretarse en el transcurso del presente periodo legislativo.En la fundamentación del proyecto Puiggrós hace referencia a que la Ley 26.206 de Educación Nacional “es precisa en la implementación de mecanismos que aseguren políticas inclusivas universales para el acceso, permanencia y egreso graduado de los niveles y modalidades del Sistema de Educación de la Nación”.

La iniciativa explica que “la vigente ley 24.521 de Educación Superior deja abierta la posibilidad de arancelar los estudios de grado académico y restringir el acceso vía exámenes eliminatorios de ingreso, tanto en su letra al no prohibir explícitamente la posibilidad de cobrar un arancel a los estudiantes de licenciatura, profesorados u otros títulos profesionales, al tiempo que propicia mecanismos de exclusión eliminatoria, como en el espíritu total del Sistema que estatuye y conforma”.

En la modificatoria de ley se detalla que el Estado nacional es el responsable de proveer el financiamiento, como así también de la “supervisión y fiscalización de los organismos e instituciones educativas de gestión estatal” y de “la supervisión y fiscalización de los de gestión privada, del Nivel de Educación Superior”.

También se establece el principio de gratuidad de la enseñanza de grado de educación superior estatal y la prohibición de establecer cualquier tipo de gravamen sobre ésta.

“La provisión del financiamiento de la Educación Superior Universitaria Nacional que corresponde al Estado Nacional de manera indelegable, debe garantizar la gratuidad de los estudios de grado y el adecuado desarrollo de sus funciones, e implica la prohibición de establecer cualquier tipo de gravamen directo o indirecto sobre los estudios de grado”, señala en su artículo 5º.

Asimismo, suprime el segundo párrafo del artículo 50 de la ley 24.521, que se reemplaza por el siguiente: «Cada institución de Educación Superior dictará normas sobre regularidad en los estudios, que establezcan el rendimiento académico mínimo exigible, debiendo preverse que los alumnos aprueben por lo menos dos (2) materias por año, salvo cuando el plan de estudios prevea menos de cuatro (4) asignaturas anuales, en cuyo caso deben aprobar una (1) como mínimo».