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La Ciudad reglamentó el aborto no punible

Oficialmente se establecieron los requerimientos que habilitarán la interrupción de un embarazo. En este marco, se le solicitará a la paciente una declaración jurada o denuncia policial donde se pueda establecer una violación. En el caso de menores y personas con discapacidad, se deberá contar con el aval de sus respectivos padres.

El Ministerio de Salud, estableció los requerimientos que permitirán la interrupción de un embarazo.

El Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, a través de su Ministerio de Salud, estableció los requerimientos que permitirán la interrupción de un embarazo.

De esta manera, las embarazadas que soliciten la práctica deberán presentar una declaración jurada o denuncia policial en aquellos casos donde se pueda probar una violación.

En el caso de menores y personas con discapacidad, se deberá informar a sus respectivos padres. El límite para el procedimiento será de doce semanas de gestación.

Esta reglamentación se lleva a cabo seis meses después del fallo de la Corte Suprema de la Nación que habilitó el aborto no punible en casos de violación.

Se hizo a través de la resolución 1.252, la Ciudad de Buenos Aires reglamentó el procedimiento para la interrupción de embarazos en los casos contemplados por la Ley, y fue firmada por el ministro de Salud porteño, Jorge Lemus.