Ciudad

La Comisión Investigadora sigue con asistencia judicial

La Sala I en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad resolvió no hacer lugar a los agravios planteados contra el fallo del juez Roberto Andrés Gallardo por el cual brindó asistencia judicial a la Comisión Investigadora y resolvió remitir el expediente al Juzgado Nº 5.

Ante numerosos recursos presentados contra el fallo del juez Roberto Andrés Gallardo mediante el cual la Comisión Especial Investigadora de las responsabilidades políticas de las escuchas ilegales contó con asistencia judicial para garantizar la participación de los testigos, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad se expidió avalando la medida cautelar solicitada por el legislador Martín Hourest.De esta manera,  resolvió “no hacer lugar a los agravios” planteados en las apelaciones, no trató el planteo de nulidad solicitado por la Fiscal de Cámara Daniela Ugolini, ni el recurso presentado por los legisladores del PRO, y dispuso que, “conforme al resultado del sorteo practicado la causa deberá ser remitida al Juzgado Nº 5, Secretaría 9” y librar un oficio para dar conocimiento de la decisión al juez interviniente, o sea al juez Gallardo.El abogado Juan Manuel Lugones, quien actuó  de gestor de negocios de Martín Hourest al inicio de la causa,  Satisfecho por lo resuelto por la Cámara, remarcó que la Sala I “no trató el planteo del PRO ni trató la nulidad planteada en el dictamen de Ugolini”.“Era natural un dictamen como el de Ugolini, ya que la fiscal actúa como procuradora de Macri y el PRO y aún conserva esperanzas en ser jueza del Tribunal Superior de Justicia. Ese dictamen va de la mano con el dictamen de cuando negó viviendas sociales a los que se quedaron sin casa con el incendio de Villa Cartón. Hay que advertirle a Ugolini que no es procuradora del PRO”, subrayó el letrado.Cabe acotar que la jueza podrá o no continuar con el sistema de citaciones dispuesto por Gallardo.Por su parte, los legisladores del PRO podrán reiterar a la ahora responsable de la causa los planteos cuestionando la medida cautelar, ya que el fallo de la Cámara no abordó dichos planteos.