En el escrito enviado por la Corte Suprema, «Se considera apropiado volver a tomar conocimiento inmediato sobre el grado de avance alcanzado (…) para que –en forma conjunta y mediante una presentación única– realicen un informe circunstanciado sobre el íntegro y fiel cumplimiento de todos los mandatos impuestos en la sentencia del 8 de julio de 2008 con respecto a cada uno de los objetivos y resultados establecidos».
El máximo tribunal solicitó a la Acumar, al Estado nacional, al provincial y al porteño «porcentajes concretos» de avance al 30 de junio de 2012. Asimismo les fija a todos un plazo de 15 días para concretar las respuestas.
La referencia de la Corte es para una resolución emitida el 8 de julio de 2008, cuando estableció las líneas directrices para recomponer el medioambiente en la cuenca Matanza-Riachuelo.
En esa oportunidad, resolvió que, en caso de incumplimiento, serían multados la Acumar y la Secretaría de Medio Ambiente.
Asimismo, estableció en esa oportunidad que Nación, Provincia y Ciudad «son igualmente responsables en la ejecución de dicho programa».