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El Gobierno porteño debe mejorar un parador para personas en situación de calle

Así lo ordenó la jueza Andrea Danas. Se trata de un espacio ubicado en Costanera Sur, donde deberán repararse baños y dormitorios. Además, el Ejecutivo deberá presentar un protocolo para coordinar la inclusión de esas personas en programas sociales.

Este es el parador que se debe mejorar.

La jueza Andrea Danas, titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 9 de la Ciudad de Buenos Aires, ordenó como medida cautelar al Gobierno porteño la realización de mejoras en un parador para personas en situación de calle ubicado en Costanera Sur.

La magistrada intimó al Ejecutivo de la Ciudad a que “en el plazo de diez (10) días presente un cronograma de tareas que contemple la reparación de desperfectos en los baños y dormitorios (griferías, colocación de flor en las duchas, vidrios rotos, placas de yeso saltantes en techo, etc.), debiendo concluirlas en el lapso máximo de treinta (30) días. Asimismo, deberá establecer e informar el plazo razonable en que se realizarán en lo sucesivo las tareas de desratización y desinfección”.

Asimismo, la jueza dispuso que el Gobierno “presente en el lapso de diez (10) días un protocolo de funcionamiento en el cual se contemplen mecanismos de orientación, atención y derivación articulada a los programas con que cuenta la Administración local. Este documento deberá reflejar un compromiso de trabajo entre los distintos efectores de la ciudad dirigido a establecer estrategias de egreso que garanticen un acceso más sustentable a la vivienda y convivencia familiar y asegure y garantice la debida asistencia de los menores tanto en cuestiones de educación como de salud”.

El pasado 8 de junio pasado, la jueza Danas realizó una inspección ocular para constatar el estado del parador. En ese sentido, la magistrada indicó que “si bien se han efectuado mejoras en el CISC, la situación actual tampoco sería la apropiada para su habitabilidad en condiciones óptimas de seguridad e higiene, lo cual autoriza a tomar las medidas necesarias para que dicho centro pueda trabajar en debida forma para cumplir su finalidad de acoger temporariamente a grupos familiares en situación de calle, brindándoles orientación, atención y derivación articulada con los distintos programas del GCBA para establecer estrategias de egreso que garanticen un acceso sustentable a una vivienda”.