En la tarde de ayer, tras tres meses de haberse aprobado el dictamen en la Comisión, se convirtió en ley la media sanción proveniente del Senado que establece la extensión de la prescripción de los delitos de acción privada contra menores de 18 años.
La denominada «Ley Piazza» obtuvo la sanción definitiva de la Cámara de Diputados y a continuación expresa:
MODIFICACION DEL CODIGO PENAL; INCORPORACION DE UN PARRAFO AL ARTICULO 63 ACERCA DE LA EXTENSION DEL PLAZO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL EN LOS CASOS DE DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL
ARTICULO 1°.- Agréguese como artículo 67 bis del Código Penal el siguiente:
‘Artículo 67 bis.- En los delitos de acción privada la prescripción se interrumpe solamente por:
a) La comisión de otro delito;
b) La interposición de la querella criminal efectuada en la forma que lo establezca la legislación procesal correspondiente;
c) La convocatoria a la audiencia de conciliación o acto procesal equivalente;
d) El auto que fija la citación a juicio;
e) El dictado de sentencia condenatoria, aunque la misma no se encuentre firme.’