Opinión

Escribe Mariano Pinedo

Una ley esperada para el trabajo agrario

El Poder Ejecutivo Nacional elevó al Congreso de la Nación, en este año del Bicentenario de la Revolución de Mayo, un proyecto de ley de enorme relevancia para el sistema productivo nacional, entendiendo que el trabajo y la producción son, junto a la familia, los grandes articuladores de una comunidad organizada.

El proyecto de Régimen de Trabajo Agrario, que de eso se trata, es una gran oportunidad que tienen los representantes del pueblo de la Nación y de las provincias argentinas, para debatir seriamente, lo que debe ser un nuevo orden, basado en la armonía y la justicia, entre productores, trabajadores y Estado, en lo que se refiere a la actividad rural. Al ser ya impostergable la ocasión de legislar sobre un régimen de protección laboral moderno y equitativo para el trabajador rural, el gobierno nacional ha optado por un sistema que garantiza los derechos de los trabajadores en una sociedad productiva moderna, tanto en los aspectos laborales, como previsionales y sociales. Pero además, al diseñar un régimen simple y adecuado a los principios básicos de la Ley de Contrato de Trabajo, el mismo no debería traer mayores inconvenientes interpretativos, permitiendo a los sectores de la producción desempeñarse conforme a las exigencias de los tiempos, al amparo de la ley y sin estar sometidos a la falta de previsibilidad y transparencia que campea en el régimen vigente.El proyecto enviado por la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, resuelve de manera armónica, pero –como decíamos- fundamentalmente en forma sencilla y transparente, la insólitamente relegada situación de los trabajadores rurales temporarios, que en vastas zonas de nuestro territorio nacional aportan su fuerza transformadora en la producción, sin norma legal que los contenga, que los proteja, que los incluya en el sistema de salud y de seguridad social. El nuevo régimen garantiza estabilidad, antigüedad, salarios mínimos discutidos en paritarias, licencias y todas las conquistas de los trabajadores que, debido a la ley vigente, habían sido excluidas inexplicablemente para los trabajadores rurales.El proyecto reconoce las disímiles realidades productivas regionales, motivo por el cual hasta prevé una autoridad de aplicación con participación y asesoramiento de distintas regiones productivas, pero ello no es óbice para aplicar un criterio de igualdad absolutamente lógico, en presupuestos o estándares mínimos que ninguna actividad debe dejar de reconocer, dejando la resolución de las particularidades a la reglamentación, en la cual tendrán participación institucional los actores reales –empleadores, trabajadores y Estado- de cada actividad y región. En este último aspecto, es preciso tener en cuenta las específicas características de la actividad rural, que muestra muy distintas realidades conforme al tipo de producción, la escala en que se produce, la región, la extensión de la explotación o la idiosincrasia local a la que nos estemos refiriendo. Es absolutamente imposible que una negociación colectiva que se realice entre instituciones y con las pautas productivas de la región pampeana, sea ni tan siquiera asimilable a cualquier producción frutícola del valle de Río Negro, citrícola en Tucumán o de ajíes en el Calchaquí. En algunos casos el productor y el trabajador realizan el trabajo casi artesanalmente y en conjunto, con una relación casi familiar y, en otros, se utiliza el trabajo en producciones de gran escala o de mucha extensión, sin que la persona del trabajador tenga arraigo alguno con la gente y con la zona en donde trabaja. Entendemos, en este sentido, que el proyecto ha reconocido la necesidad de ampliar la representación gremial y empresaria, contemplando las distintas actividades productivas o regiones del territorio nacional.Por último, entendemos que hay fuertes avances en la resolución de temas como el de las cooperativas de trabajo, evitando que ellas se constituyan para burlar la ley y promover trabajo en negro, como asimismo vemos con agrado que sea el Estado, a través de sus órganos de control, el que asuma la responsabilidad de regular y controlar el cumplimiento de la ley laboral, en lugar de seguir permitiendo que sean algunas asociaciones privadas –patronales y gremiales- las que puedan inspeccionarse y controlarse a ellos mismos, administrando –como en la ley vigente-, un sistema que no protege los derechos del trabajador y resulta muy poco transparente en su implementación. Ni en la mente más privatista y anárquica, habíamos escuchado que el Estado pueda renunciar al poder de policía laboral, dejando en manos de los privados la política de empleo, el manejo de los fondos de desempleo o la regulación y control de la propia actividad que desempeñan.Celebramos que se haya elegido al Congreso Nacional como el ámbito natural de debate de estas cuestiones que son de orden político, de cara a la sociedad y en el marco de la Constitución Nacional, y no resolver a través de acuerdos entre los sectores privados, que ahora se agravian del proyecto oficial porque no fueron debidamente “consultados”.