Se lo considerará conductor principiante por el plazo de dos años desde el momento en que obtiene la licencia. La condición de Conductor Principiante y las restricciones que de ella se desprenden, se aplica a todos quienes circulen por la Ciudad de Buenos Aires, con independencia de la jurisdicción que haya otorgado la Licencia, aún cuando en éstas la condición de Conductor Principiante tenga una duración diferente o no contemple tal condición.”Los primeros seis meses debe conducir llevando visible en la parte inferior del parabrisas y la luneta del vehículo, un distintivo con la letra “P” en color blanco sobre fondo verde que identifica su condición de principiante. El distintivo es entregado por la entidad otorgante junto con la licencia habilitante. En esos seis primeros meses, no podrá circular por arterias donde se permitan velocidades superiores a setenta (70) kilómetros por hora.También se modificó el artículo 5.4.4 del mismo Código, quedando el siguiente texto: “está prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con más de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre. Para quienes conduzcan motovehículos, queda prohibido hacerlo con más de 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre. Para quienes conduzcan vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga; o sean Conductores Principiantes, queda prohibido hacerlo con más de 0,0 gramos de alcohol por litro de sangre.”Además, se aprobó una declaración en la que la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires vería con agrado que la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte impulse ante el Consejo Federal de Seguridad Vial las mismas medidas que las aprobadas en el Código de la Ciudad. y el impulso de la correspondiente adecuación normativa en la legislación nacional.La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires manifestó «su más enérgica oposición y desagrado al proyecto presentado por Hernán Ordiales, que propone la transferencia de los fondos correspondientes a los pagos de haberes a magistrados, funcionarios y empleados de los Tribunales Nacionales y Federales así como del Consejo de la Magistratura, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, desde el Banco Ciudad al Banco de la Nación Argentina. Esta medida, sumada a otras, genera más deterioro en la gestión de la Banca Pública de la Ciudad». «Este proyecto -expresan los fundamentos- se encuentra en consonancia con la iniciativa presentada en el mes de abril por la diputada Diana Conti, junto con otros diputados del Frente para la Victoria, en la que se pretende que los depósitos judiciales de los tribunales nacionales y federales de todo el país se efectúen en el Banco de la Nación Argentina, como también el dinero, títulos y valores secuestrados en causas judiciales». De aprobarse esta nueva iniciativa en el plenario del Consejo de la Magistratura Nacional, aproximadamente 12.000 cuentas sueldo de jueces, funcionarios y empleados, se traspasarían al Banco Nación, junto con otras 2600 que corresponden a haberes que paga el Consejo de la Magistratura.La declaración se aprobó por 37 votos positivos y 12 negativos, y fue debatida sobre tablas.El escritor, profesor y licenciado en historia, Eduardo Sacheri fue distinguido por la Legislatura como Personalidad destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se menciona también que “además de innumerables publicaciones, en el 2010 llegó su gran éxito cuando la película El secreto de sus ojos, dirigida por Juan José Campanella, obtuvo el premio Oscar elegida como mejor película extranjera por The Academy of Motion Picture Arts and Science en Los Angeles, Estados Unidos».La Sra. Carmen Elina Aguiar de Lapacó, integrante de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora y del CELS fue declarada personalidad destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires manifestó «su profundo pesar por el fallecimiento del escritor y novelista mexicano, Carlos Fuentes Macías, ocurrido el 15 de mayo del corriente año».
Lo aprobado en la legislatura porteña
Tolerancia cero para conductores principiantes. El Cuerpo parlamentario aprobó la modificación del artículo 3.2.7 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad estableciendo que el conductor que consigue su licencia por primera vez, tanto para motos como para automóviles, no puede conducir con alcohol en sangre.


