La sala G de la Cámara resolvió que Graciela Lidia Fernández deberá recibir una indemnización de $60.000 por haber sido víctima de una vereda en mal estado.
El 7 de febrero de 2008, la mujer, en ese entonces de 57 años, cayó pesadamente al suelo «por existir trozos de asfalto hundido», lo que provocó que trastabillara y se lesionara el hombro derecho.
El accidente le causó trastornos que aún hoy la afectan para trabajar y le impidieron su desempeño en tareas que hacía como trabajos de repostería y cuidar enfermos.
Los camaristas Beatriz Areán, Carlos Bellucci y Carlos Carranza Casares consideraron que «el resarcimiento por incapacidad comprende, con excepción del daño moral, todos los supuestos susceptibles de reparación patrimonial, incluso los daños de salud y a la integridad física y psíquica».
Sostiene el fallo que «La indemnización tiene por finalidad cubrir no sólo las limitaciones de orden laboral, sino también la proyección que aquella tiene con relación a todas las esferas de su personalidad, es decir, la disminución de su seguridad, la reducción de su capacidad vital, el empobrecimiento de sus perspectivas futuras».



