Política

Carrió impugnó la Comisión Bicameral de reforma del Código Civil

Según argumentó, viola el Capítulo Quinto de nuestra Constitución Nacional que establece el proceso de “la formación y sanción de las leyes”. En este sentido marcó que este es el procedimiento de “una República invertida”.

Carrió impugnó por carta la facultad de la Comisión Bicameral.

La diputada Nacional Elisa Carrió (Coalición Cívica ARI – UNEN) impugnó hoy la facultad de la comisión especial  Bicameral que se propone aprobar el nuevo Código Civil por considerar viola el  Capitulo Quinto de nuestra Constitución Nacional que establece el proceso de “la formación y sanción de las leyes”.  

 

En este sentido, Carrio sostuvo  que este es el procedimiento de “una República invertida”.

 

“Tal como hubiere advertido en la sesión de la Cámara de Diputados de la Nación del 4 de julio de 2012 esta comisión especial viola el debido proceso para la formación y sanción de la leyes, por lo que los despachos que ella emita y las sanciones de leyes o códigos que este Congreso Nacional dicte siguiendo este procedimiento pueden ser tachadas de inconstitucionales por las razones de hecho y de derecho que a continuación se describen”, informó Carrió a la Comisión a través de una carta que envió hoy.

 

La diputada advirtió: “Si como señalé, prescindiéramos de defender esta garantía fundamental, además de no ejercer debidamente nuestro rol como representantes del pueblo de la Nación, estaríamos viciando el origen de una ley fundamental como es el Código Civil y Comercial, al violentar el proceso sancionatorio de la misma, con las graves consecuencias que ello implicaría en un Estado de Derecho”.

 

Para Carrió, “la inconstitucionalidad de la Comisión vulnera el procedimiento establecido por el Capítulo Quinto de la Constitución Nacional. La exclusión de las minorías parlamentarias”.

 

“El Poder Constituyente se ha preocupado por asegurar un sistema de control y revisión recíproco y sucesivo entre ambas Cámaras del Congreso, en atención a la representatividad diferenciada de cada una, acorde a la alta jerarquía que ostentan las leyes nacionales en el Derecho interno de nuestro Estado, y necesario a fin de garantizar la razonabilidad de las normas que reglamentan el ejercicio de los derechos. Sistema que no podemos violentar en ningún caso, máxime cuando estamos tratando una de las normas más importantes de la República”, manifestó la diputada.

 

Carrió sostiene que “de enviarse el despacho votado por la Comisión Bicameral directamente al recinto, para que sea tratado por el pleno, se evitaría el tratamiento y aprobación en cada Cámara, por separado y en forma sucesiva del proyecto de ley; violando abiertamente las reglas constitucionales dispuestas por el Poder Constituyente con el fin de articular los dos tipos de representaciones previstas en nuestro Congreso Nacional, y especialmente, por la materia que se trata –la ley civil como ley de fondo de toda la Nación- la participación efectiva del pueblo de la Nación a través de sus representantes de esta H. Cámara de Diputados. Imposibilitando que ésta Cámara ejerza sus facultades de revisión conforme lo contempla el artículo 81 de la Constitución Nacional”.

 

En este sentido la diputada detalló que nadie ha podido responder estas preguntas: “¿qué alcance tiene el “tratamiento legislativo” que se le dará al proyecto de ley y al “despacho” que elaborará la Comisión Bicameral?; ¿qué ocurrirá cuando exista media sanción por parte de la Cámara de origen?; ¿a dónde será girada esa media sanción? -en tanto no puede ser girada directamente al recinto y la Comisión Bicameral ya se habrá disuelto por haber cumplido su objeto, que es precisamente la elaboración de ese despacho previo (art. 5°)-; ¿qué ocurre si la Cámara de origen realiza modificaciones sobre el proyecto votado por la Comisión Bicameral?”

 

Por ello Carrió calificó como “una república invertida, donde una elite de legisladores nacionales aborde el tratamiento del proyecto de modificación y unificación del Código Civil y Comercial de la Nación, elaborado por un grupo de juristas entre los que se encuentra el Presidente de la Corte Suprema de Justicia convocado por el Poder Ejecutivo Nacional, quien además, es el que previa incorporación de modificaciones sustanciales -que incluso, alteran la esencia de la reforma plateada por el grupo que elaboró la propuesta- presenta el proyecto ante el Congreso Nacional y pretende darle un tratamiento sesgado y distinto al procedimiento previsto en la Constitución Nacional a la ley civil y comercial más importante de la República”

 

“Por estas razones, impugno el procedimiento previsto en la resolución conjunta de ambas cámaras del Congreso Nacional que creó la Comisión Bicameral para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación, su facultad de emitir el despacho previo a su tratamiento legislativo previsto en el artículo 2° de la resolución referida y el eventual despacho que esa comisión elabore por ser violatorio de los artículos 77, 78, 79, 82 y concordantes de la Constitución Nacional”, concluyó Carrió.