Política

La Corte Suprema dispuso que la Justicia porteña investigue de Durán Barba

El alto tribunal dictó una resolución en un conflicto de "competencia" planteado entre la jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría y el juez penal y contravencional de la Capital Federal Carlos Bentolilla, quien deberá continuar el caso.

Ahora la causa seguirá bajo la órbita de la Justicia porteña.

La Corte consideró que la denuncia, del apoderado del FPV Juan Manuel Olmos, sólo se vinculaba con un proceso electoral de la Capital Federal y que no proyectaba sus alcances a nivel nacional, indicaron las fuentes consultadas. Al resolver el conflicto de competencia positiva entre el tribunal porteño y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1,  los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni, consideraron que «los hechos denunciados tuvieron lugar en ocasión de una campaña electoral local y prima facie aparecen dirigidos contra un candidato a un cargo público electivo, también de carácter local».Jaime Durán Barba, junto con José Garat y Rodrigo Lugones, colaboradores del sociólogo ecuatoriano, fueron procesados en junio pasado por la llamada «campaña sucia» contra el senador kirchnerista Daniel Filmus a través de la cual se vinculó falsamente a su padre con Sergio Schoklender, cuando estaba en pleno auge el escándalo por el presunto desvío de fondos públicos de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.La jueza basó la resolución en diferentes pruebas, como las obtenidas tras una serie de allanamientos realizados el año pasado en las consultoras Tag Continental, Conectic SRL y NSS, vinculadas a Lugones y Garat, en las que se concluyó que desde unas 30 computadoras secuestradas allí se realizaron los llamados contra Filmus a través de servidores ubicados en los Estados Unidos.En el mismo edificio donde estaban las empresas también se encuentra la consultora «Opinión Confidental», propiedad de Durán Barba y Asociados, y en donde Garat y Lugones son socios.Fueron procesados como autores del delito de inducir con engaños a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo, tipificado en el artículo 140 del Código Electoral, y les embargó los bienes a cada uno en 130 mil pesos. Esto es  «Inducción con engaños», que establece que «se impondrá prisión de dos meses a dos años al que con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo».Ahora la causa seguirá bajo la órbita de la Justicia porteña.