Ciudad

Golpearon a sus parejas y quedaron presos, por una convención internacional

Ocurrió en la Ciudad y el juez se basó en lo previsto por la convención interamericana de Belem Do Para (Brasil), e incorporado a nivel nacional por la “Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que se desarrollen Relaciones Interpersonales”.

Un juez porteño dejó presos a dos hombres, a los que procesó por provocar lesiones a sus parejas, por considerarlas agravadas teniendo en cuenta la Convención Interamericana de Violencia contra la Mujer, y debido a que una de ellas estaba en «riesgo altísimo», informaron fuentes judiciales.

 

Ambas resoluciones fueron dictadas por el juez de instrucción porteño Javier Ríos, el mismo que interviene por el crimen de Ángeles Rawson, quien fundamentó su decisión en los informes realizados por la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 

El juez sostuvo que «el encarcelamiento del imputado se presenta como la única vía susceptible de evitar riesgo en la investigación», en el marco de lo previsto por convenciones internacionales.

 

Para estas causas, el juez se basó en lo previsto por la convención interamericana de Belem Do Para (Brasil), e incorporado a nivel nacional por la “Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que se desarrollen Relaciones Interpersonales”. 

 

En uno de los casos, ocurrido en julio, el imputado J.C.C.R discutió con su pareja, B.C.M., dentro de la casa que compartían en la Capital Federal y cuando ella le anunció que quería finalizar la relación, le amarró las manos con sogas a las esquinas de la cama por el término de media hora para impedir que se fuera, extrajo un cuchillo y le dijo que iba a matarla.

 

Poco después, cuando la vio conversando con un amigo, le aplicó puntapiés en el rostro, golpes de puño, tomó una soga y se la enrolló con fuerza en el cuello, impidiéndole que respirara por unos minutos.

 

Inicialmente, la mujer denunció que después, frente a los hijos de ambos, la desvistió por la fuerza y abusó de ella, pero debido a que impidió que le realizaran un exámen médico, el juez debió dictarle al imputado una falta de mérito sobre este hecho.

 

Lo que si se acreditó es que impidió que la víctima saliera del domicilio durante tres días para evitar que fueran notadas las marcas que presentaba en su rostro por los golpes que le propinó.

 

Los últimos episodios de violencia fueron en octubre, cuando la mujer estaba con dos amigos en su casa, lo cual enfureció a su pareja, que la golpeó en el maxilar y también la violó amenazándola con un cuchillo, de acuerdo con la primera denuncia.

«Te voy a matar, volvé conmigo o vas a ver lo que te pasa», le dijo el imputado a su mujer.

 

Estas situaciones llevaron a que la OVD calificara el caso como de «riesgo altísimo e inminente» y detectara en la denunciante «marcadas características de sometimiento, minimización, justificación, naturalización de la violencia, bajo registro del peligro en el que se encuentra y autoestima deteriorada».

 

Esto se consideró porque tras la detención del hombre y habiendo transcurrido sólo dos días, la mujer se presentó ante el tribunal con el objeto de que la denuncia «quede sin efecto».

 

Sin embargo, el hombre quedó procesado por «privación ilegítima de la libertad agravada, amenazas agravadas y lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra su pareja y mediado violencia de género».

 

El segundo caso es el de G.R.B, un técnico electrónico de 33 años, cuya mujer denunció que en octubre fue a un pool al lado de su casa a buscar a su marido y éste la sacó de los pelos hacia el patio, le apretó el cuello y la golpeó hasta romperle el tabique.

 

Después la llevó al domicilio de ambos, la lavó y la secó, le dijo que había sido ella quién provocó la situación y le preguntó los motivos por los que le «cagaba la vida».

 

El juez consideró que si bien el imputado no tenía antecedentes y las «lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra su pareja» permiten la excarcelación, la violencia desplegada contra la víctima indican que eludirá la acción de la justicia.

 

Agregó que «la dependencia de la damnificada hacia el imputado es tal que aún teniendo la nariz quebrada y luego de haber sangrado muchísimo, esperó cerca de 20 horas para buscar atención médica, es decir, cuando llegó al umbral máximo de dolor que podía soportar».

 

Según un especialista de la OVD, este ciclo de la pareja se denomina «luna de miel», durante el cual no hay arrepentimiento y promesa de que nada volverá a suceder, pero sí ocurre.