Ciudad

La Justicia autorizó al gobierno porteño a descontar días de paro

Es un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad. Los jueces rechazaron un amparo presentado por un sindicato de docentes.

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad avaló el descuento de los días de paro que aplicó el gobierno porteño a los docentes de la Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMyS), al rechazar un amparo presentado por el gremio. El máximo tribunal de la justicia porteña decidió hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad que presentó el Gobierno de la Ciudad, dispuso revocar la sentencia recurrida y rechazar la acción de amparo de ADEMyS respecto al descuento de haberes correspondientes a los días de paro realizados el 17 de julio de 2008 y el 3 de septiembre de 2008. La medida podrá sentar un precedente, ya que los maestros cumplieron en septiembre pasado cuatro días de huelga, a pesar de que los funcionarios les advirtieron respecto a las quitas en los salarios. El juez de trámite Luis Francisco Lozano había fundamentado que «la huelga recibe una amplia tutela del ordenamiento jurídico, tanto en la persona del trabajador como en la de la asociación sindical» y agregó que «es un derecho y, por tanto, no puede ser causal de sanciones o represalias”. No obstante, en lo referente al descuento de los días no trabajados por paro, indicó que «el ejercicio del derecho a huelga no genera por sí la obligación de pago del salario correspondiente, ni libera al empleador de cumplir con el pago». Otro de los jueces, José Casás, adhirió respecto al descuento por las huelgas docentes y agregó que el amparo de ADEMyS «no puede prosperar».Señaló Casás que el sindicato «no logró demostrar que el comportamiento del Gobierno de la Ciudad que se objeta, consistente en descontar los haberes de los días de huelga a los docentes que no pusieron su fuerza de trabajo a disposición de su empleadora afectando la normal prestación del servicio educativo público, pueda calificarse como arbitrario o portador de un ilegalidad manifiesta». Alicia Ruiz, por su parte, votó en disidencia, al alegar «la impugnación del gobierno de la Ciudad no tiene entidad constitucional y su recurso debe ser rechazado», ya que, «el descuento de haberes por no poner a disposición la fuerza de trabajo incide en el salario que hace a la subsistencia del trabajador y de su grupo familiar y tiene carácter alimentario».