Sociedad

Repudian y piden el esclarecimiento del asesinato de Cristian Ibazeta

Organizaciones sociales y de Derechos Humanos piden por el esclarecimiento del asesinato de Cristian Ibazeta en la Unidad 11 de Neuquén. El 21 de mayo de este año fue atacado en su celda individual, estuvo en terapia intensiva y murió tres días después. En 2010, Ibazeta fue principal testigo en un juicio contra 27 guardias del penal.

Integrantes de la asociación Zainuco y familiares de Cristian Ibazeta durante la conferencia de prensa.

 

En 2010, Ibazeta fue principal testigo en un juicio contra 27 guardias del penal; su testimonio confirmó las torturas infligidas a los internos y las sistemáticas vejaciones sufridas por sus familiares durante las visitas. De los 27 policías que llegaron a juicio oral, dos recibieron condena efectiva y cuatro, condenas condicionales. Los restantes 21 fueron sobreseídos y siguen trabajando en la U11; el jefe de seguridad interna de la U11, Carlos Brondo, no fue juzgado y hoy es el jefe de todos los penales neuquinos.

En diciembre del año 2011, Cristian había sido trasladado a la Unidad N° 6 Rawson del Servicio Penitenciario Federal, para su protección, pero allí fue golpeado y torturado. Luego de este hecho pidió regresar a Neuquén para estar cerca de su familia, faltando pocos días para que saliera. Cristian estaba en la mira del poder penitenciario que se comunica y articula entre el sistema federal y los sistemas provinciales, verdaderos aparatos de poder al margen de la legalidad constitucional. En Neuquén fue alojado nuevamente en la Unidad donde habían torturado a sus compañeros y quedó a merced de los mismos penitenciarios contra los que había declarado. Estos comenzaron una campaña de hostigamiento y amenazas. Pidió ayuda, avisó, pero fue imposible darle real protección. El 21 de mayo, alojado en celda individual, fue atacado , muriendo por las heridas atroces que sufriera, Apuñalamientos, rotura de mandíbula, perforación del oído, pateaduras, lesiones gravísimas a sus órganos internos. Una destrucción calificada de la persona humana.

El estado provincial debe responder por el crimen. Es su deber primario tutelar los bienes jurídicos de los ciudadanos privados de libertad que están bajo su custodia. Si los agentes a su cargo cometen infracciones a sus deberes, deben ser alcanzados por el sistema penal. Los derechos humanos de las personas detenidas en cárceles, comisarías e institutos de menores del país no pueden violarse impunemente. La vigencia o no del estado de derecho, dependerá del camino que se escoja.