Sociedad

AFIP cancelará más de 318 mil empresas «fantasmas»

La medida abarca a las firmas inscriptas antes del 1° de enero de 2011, que, en su mayoría, se dedican al comercio, servicios inmobiliarios, industria manufacturera y construcción.

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, informó hoy que el organismo cancelará 318.774 CUIT de «sociedades fantasma».

La medida se hace efectiva a través de la Resolución General 3.358, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial, y abarca a las firmas inscriptas antes del 1° de enero de 2011. El administrador federal explicó que la medida busca “fortalecer” las acciones de control y “atacar” distintas maniobras, desde las empresas creadas para funcionar como “carpetas” o “usinas” para el desarrollo de actividades tendientes a facilitar la evasión fiscal, hasta aquellas que se utilizan para comprar inmuebles y así sacarlo del patrimonio de la persona por cuestiones de responsabilidad, o casos de maridos que quieren ocultarle el patrimonio a su mujer. “Hemos observado que muchas de estas firmas se utilizan con distintos objetivos: funcionar como ´carpetas´ o ´usinas´ para el desarrollo de actividades tendientes a facilitar la evasión fiscal, actuar como ´plataformas´ para el desarrollo de operaciones ilegales de comercio exterior, ocultar el verdadero patrimonio de las personas físicas -y de esta manera simular una situación fiscal y patrimonial distinta a la real – o generar supuestas empresas que ´tercerizan´ servicios para planificar nocivamente la verdadera relación laboral de las empresas y los trabajadores”, señaló Echegaray.

El funcionario precisó que se cancelará el CUIT a más de 150 mil Sociedades Anónimas y a unas 152.500 Sociedades de Responsabilidad Limitada. Otras 16 mil restantes pertenecen a otros tipos societarios (colectivas, comandita simple, comandita por acciones, de capital e industria, y contratos de colaboración empresaria).

Respecto de los parámetros para cancelar a la empresa, explicó que se analizará a las firmas que no registren altas en impuestos y/o regímenes y a las que no hubieren presentado declaraciones juradas determinativas.

En el caso de que sí hayan presentado, se considerará si informaron ventas en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o ventas/ingresos en Ganancias, y si cuentan con una nómina de empleados activos.

Finalmente, Echegaray adelantó que un 78% de las empresas canceladas no presentaron una Declaración Jurada; un 21% no declaró empleados y 1% no estaba de alta en ningún impuesto.

Según marcó el comercio es la principal actividad declarada por estas firmas (29%); un 16%, declaró dedicarse a la actividad manufacturera; un 15% a los servicios inmobiliarios y 8% a la construcción.