Ciudad

La Legislatura porteña aprobó la polémica ley sobre abortos no punibles

Tras una ajustada votación, los legisladores le dieron el visto bueno a la iniciativa que regula la práctica de abortos no punibles en los casos de riesgo de vida para la mujer o en embarazos producto de violaciones, sin autorización judicial.

La ley que regula los casos de abortos no punibles fue aprobada con 30 votos positivos y 29 negativos de la bancada del PRO y los aliados.

La iniciativa admite como válido el consentimiento de una adolescente para acceder a un aborto no penado a partir de los 14 años de edad, no fija un plazo máximo de semanas de gestación para la realización de la práctica, pero si establece un tope de cinco días desde que se solicita para concretar la interrupción del embarazo.

Cabe destacar que además coincide con el criterio adoptado por el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que determinó que las mujeres víctimas de una violación pueden practicarse un aborto sin autorización judicial.

La ley quedó aprobada esta madrugada tras un intenso debate en cual los referentes del tema del aborto de cada bloque expusieron sus puntos de vista y que reflejaba una clara contraposición.

 De esta manera la norma supera al protocolo de atención de abortos no punibles que firmó el ex ministro de Salud Jorge Lemus antes de renunciar a su cargo. Ese protocolo  fue considerado «como restrictivo» por los requisitos que impartía para el acceso al aborto, entre ellos, que en los casos de abuso la práctica debía hacerse como límite hasta las doce semanas de gestación. No obstante, algunos diputados que celebraron la aprobación del proyecto admitieron que está la sospecha que el jefe de Gobierno de la Ciudad, Mauricio Macri, vete la ley, tal como lo hizo en otros casos con temas con los cuales el Ejecutivo no estuvo de acuerdo con las legislaciones emitidas por el Parlamento o bien no consideró necesarias para el distrito. Al respecto la diputada del Frente para la Victoria María Rachid sostuvo: «Esperamos que este caso no sea parte de la cantidad de leyes vetada», y aseguró que con la aprobación de la norma «se avanzó hacia el reconocimiento de los derechos de las mujeres y que tiene que ver con los principios que la Corte reconoció en relación a los casos de aborto no punibles». En tanto, la diputada María Elena Naddeo, del ibarrismo, sostuvo que el proyecto de la oposición «no impone nada, sino que simplemente dice que el Estado debe garantizar ese derecho a la mujer y a la niña que se está reclamando». Puntualmente, entre los puntos centrales del texto aprobado figura la prohibición a que se impongan “obstáculos médicos, burocráticos o judiciales para acceder a la prestación” de la conclusión del embarazo producto de una violación o de alto riesgo para la mujer gestante. En ese sentido, refiere a “obstáculos” a  la intervención de varios profesionales en el diagnóstico, la participación de equipos interdisciplinarios, comités de ética o la exposición policial o judicial del hecho de violencia sexual que generó el embarazo. Por ello, para acceder a un aborto en caso de abusos “no resulta necesaria la denuncia de violación, ni la constatación del delito, sino que basta con una declaración jurada de la mujer prestada ante el profesional de la salud interviniente”. Finalmenet agrega: “Un médico diplomado y el consentimiento de la mujer encinta, son requisito general de todos los casos de aborto no punible».